Si ha existido un pueblo más característico en cuanto a la pureza racial de las uniones y a la separación del resto de pueblos del mundo, ese ha sido el pueblo judío de tiempos de Jesús. Los distintos grupos sociales estaban marcados, muchas veces, por esta idea judía fundamental de la conservación de la pureza del pueblo. Los sacerdotes, en cuanto cabeza santa del pueblo, vigilaban escrupulosamente la legitimidad de las familias sacerdotales y separaban de su seno a todos los descendientes de sacerdotes que hubiesen nacido de una unión ilegítima. Pero no eran los únicos: en la teoría y en la práctica de la legislación religiosa en tiempos de Jesús, el conjunto de la comunidad estaba también distribuida según su pureza de origen. Sólo se consideraban israelitas verdaderos a los que podían asegurar un origen legítimo. La razón de todo esto estriba en la creencia de “pueblo escogido por Dios” que mantenían los judíos de aquel tiempo. Ellos, los legítimos israelitas, eran los auténticos hijos de Dios, escogidos por Él, y en quienes se vertirían sus promesas al final de los tiempos.
A continuación vamos a ir viendo estos grupos por orden de pureza judía de mayor a menor.
Los israelitas de origen puro
Junto con el clero (sacerdotes y levitas), los israelitas de origen puro constituían el auténtico Israel.
Para gozar de algunos derechos cívicos muy importantes había que probar que uno era de origen legítimo. Todo israelita legítimo conocía a sus antepasados más cercanos y podía indicar a cuál de las doce tribus primitivas pertenecía. Incluso si algún israelita quería ocupar un cargo público, estaba obligado a someterse a una prueba de legitimidad, dando cuenta de sus cinco últimas generaciones.
En tiempos de Jesús la tribu más frecuente a la que se pertenecía era la de Judá, y a través de ella, a la familia de David. El hecho se explica fácilmente porque en la aquella época la familia de David confería distinción por la esperanza mesiánica. Casarse o emparentarse de algún modo con esta numerosa familia de David era un gran honor.
Otra de la familias o tribus a la que se pertenecía mucho era la de Benjamín. (Este era el caso de Pablo el apóstol y de su maestro Gamaliel). No eran escasas las personas que emparentaban con esta tribu.
Así pues, cualquier israelita puro que se preciara, ya fuera pobre o rico, tenía consignado de algún modo por escrito un registro de sus antepasados hasta la quinta generación por lo menos. Y estas genealogías en tiempos de Jesús eran algo que se conservaba y guardaba en las familias con gran valor.
El principal privilegio que otorgaba la designación de israelita legítimo era que sólo éstos podían casar a sus hijas con sacerdotes. Sólo las madres israelitas de origen puro podían dar a luz a hijos dignos de realizar el servicio del altar en Jerusalén, que era la más alta cúspide a la que se podía aspirar. Pero este derecho no era el único. Todas las dignidades, todos los puestos de confianza y todos los puestos públicos importantes estaban reservados a los israelitas de pleno derecho. La prueba de la pureza de origen era exigida para llegar a ser miembro de los tribunales supremos, el Sanedrín y uno de los tribunales de 23 miembros, los cuales tenían derecho a dictar sentencias capitales. Esto se extendía incluso a los secretarios y los alguaciles de los tribunales, así como a los funcionarios de la comunidad (sobre todo el consejo local de siete miembros) y a los hombres de confianza encargados por la comunidad del cuidado de las limosnas. En todos estos casos se examinaba la genealogía antes de conceder un cargo.
Había incluso lugares en Palestina donde se procedía de un modo particularmente exclusivo y donde los privilegios de los israelitas legítimos se encontraban mucho más extendidos aún. En Séforis, incluso, donde existía una guarnición judía, se requería demostrar la ascendencia para pertenecer a la tropa.
Sin embargo, de todos los derechos cívicos mencionados que gozaban los ciudadanos legítimos, no hemos mencionado aún el más importante: el religioso. Gracias al origen puro se podía, en primer lugar, estar seguro de participar en la salvación mesiánica, y en segundo lugar, de participar de los méritos de los antepasados, los cuales se transmitían a los hijos y tenían una función de suplencia. Esta segunda participación se realizaba de una doble manera: a) según la doctrina común, todo Israel participaba de los méritos de los patriarcas, en especial de Abrahám. Estos méritos debían acoger las oraciones, proteger en el peligro, asistir en la guerra, suplir los méritos que faltaban a cada uno, expiar las faltas, aplacar la cólera de Dios, suspender sus castigos, librar del Gêhinnôm y otorgar la participación en el reino eterno de Dios; b) pero, además, cada israelita participaba de los méritos y la intercesión de sus propios antepasados si había justos entre ellos, y al revés, la elección de un mujer que no era de la misma condición de pureza habría sido vengada en los hijos.
Los oficios despreciados
El origen familiar no era lo único que marcaba a los hombres y mujeres de aquel tiempo. También había una serie de oficios que eran considerados despreciables y rebajaban socialmente, de forma más o menos inexorable, a quienes los ejercían. Vamos a pasar a detallar estos oficios y el motivo que los hacía ser despreciados:
-oficios relacionados con el transporte: asnerizos, camelleros, marineros y cocheros. Estas personas eran sospechosas de ser ladrones, puesto que transportaban mercancías y podían caer en la tentación de sustraer algo de las mismas.
-pastores: no gozaban de buena reputación. Como la experiencia probaba, eran la mayoría de las veces tramposos y ladrones, conducían los rebaños a propiedades ajenas y, además, robaban parte de los productos de los rebaños. Por eso estaba prohibido comprarles lana, leche o cabritos, y hacerlo sólo directamente a los dueños del ganado.
-tenderos: sospechosos de explotar a sus clientes.
-médicos: se solía decir: “el mejor de los médicos es bueno para el infierno”. Son mencionados como ladrones, pues eran sospechosos de dar sus preferencias a los ricos y descuidar a los pobres, que pagaban mal.
-carniceros: son sospechosos de no ser honestos, pues están expuestos a la tentación de vender carne de tarepah, o carne de animales afectados de defectos físicos mortales.
-recogedor de basuras, curtidor y fundidor de cobre: tres de los oficios más despreciados. Si alguno ejercía uno de estos tres oficios su esposa tenía derecho a exigir el divorcio ante el tribunal y el pago del dinero del contrato matrimonial.
-tejedores o sastres: sospechosos de inmoralidad ya que su oficio era considerado labor de mujeres.
-oficios que se basaban en el fraude y eran proscritos: jugadores de dados, usureros, organizadores de juegos de azar, comerciantes de productos del año sabático, recaudadores de impuestos, publicanos (o recaudadores de impuestos en las aduanas) y cambistas. Los fariseos que aceptaban un puesto de publicano eran forzados a abandonar la comunidad farisea.
Quienes ejercían estos oficios no podían ocupar altos puestos en los cargos públicos. En muchos casos no se aceptaba su testimonio en un juicio. En una palabra: estaban privados de los derechos cívicos y políticos que podía poseer todo israelita. Este hecho permite apreciar lo llamativo que constituyó en aquella época el que Jesús llamase a un publicano a ser discípulo íntimo suyo y el que anunciase la buena nueva a los publicanos y a los pecadores bajo el símbolo de un banquete comunitario.
También dentro de este grupo de gentes despreciadas podemos incluir a los llamados por los judíos ortodoxos am-ha-arez. Aunque la palabra significaba “el pueblo de la tierra”, con el paso del tiempo, el término am-ha-arez había adquirido un tinte peyorativo, permanentemente alimentado por el odio y las insidias de los rabíes y de las castas sacerdotales. Hillel aseguraba que los am-ha-arez no tenían conciencia, y no alcanzaban la categoría de hombres.
Los judíos ortodoxos terminaron por dar este calificativo a todos los grupos humanos que, según ellos, habían usurpado las tierra de Israel, en especial, a partir del exilio de Babilonia. Durante esta deportación, muchas de las tierras de Palestina fueron ocupadas por pueblos de origen pagano e impuro: samaritanos, filisteos, arameos, y otros. A su regreso, los judíos no les perdonaron esta usurpación, y el odio y desprecio hacia los am-ha-arez llegaron al extremo de ser definidos en el Talmud como aquellos “que no comen su pan en estado de pureza ritual”.
En este estado de cosas puede comprenderse mejor el hecho de que Jesús predicase a estas pobres gentes, privadas de toda educación, y le escuchasen con placer. Su posición, muchas veces, llegaba a los niveles de un pobre esclavo. Aquellos hombres, ancianos, adultos, e incluso niños, eran tratados sin piedad. Durante el trabajo estaba permitido azotarles, pegarles y ultrajarles con todo tipo de imprecaciones y malos tratos, todo con tal de que se esforzaran.
Los esclavos judíos
Los llamados “esclavos judíos” no lo eran tanto. Se trataba de gentes que trabajaban en condición de jornaleros durante un máximo de seis años y luego abandonaban su servicio, a diferencia de los esclavos paganos, cuya servidumbre era perpetua. De aquí la diferencia de precio: un esclavo judío costaba sobre unas 5 minas, mientras que uno pagano 100 minas.
El número de esclavos judíos en Palestina no era elevado y su situación legal estaba regulada por la ley. Un judío podía convertirse en esclavo de tres formas:
1. En el caso de que un ladrón no pudiese restituir el equivalente del hurto. Según la ley era vendido por imposición del tribunal. La venta sólo podía hacerse a hombres judíos. Herodes el Grande impuso el que también pudieran venderse a los extranjeros. Las mujeres no podían acogerse a esta situación, por lo que una ladrona se encontraba en situación más precaria: o restituía alguien por ella lo robado, o bien se le imponía un castigo físico.
2. Un judío también podía venderse a sí mismo como esclavo. Solía ocurrir en casos de extrema pobreza. Sólo podía hacerse con hombres y no con mujeres. Era posible la venta a los no judíos, pero eso imponía a los parientes el deber del rescate. La mayoría de las veces se trataba de un gesto desesperado de un hombre endeudado, que había perdido toda la esperanza. A las mujeres israelitas les estaba prohibido, lo que colocaba en un callejón sin salida a las mujeres pobres, especialmente a las viudas.
3. A las muchachas de menos de doce años se las podía vender a un hombre. Normalmente esto significaba que la chica pasaba a ser mujer del judío, pero otras veces no había ninguna boda, y todo consistía en un contrato de compra-venta entre el padre de la chica y el comprador. La pobre chica, las más de las veces, era luego explotada como trabajadora de la casa de su señor.
El estado de esclavitud con un dueño judío duraba seis años y no podía durar nada más, a menos que el esclavo renunciase a su liberación y lo transformase en servicio perpetuo, en cuyo caso acababa con la muerte del amo. Esto sucedía sobre todo cuando el esclavo judío tenía hijos de una esclava no israelita perteneciente a su dueño y no quería separase de ella ni de sus hijos. También podía finalizar el plazo antes de tiempo si era pagado el rescate de su liberación.
En lo concerniente a la situación jurídica del esclavo judío, hay que decir que el servicio de esclavo no era considerado como deshonroso, y el dueño debía evitar al esclavo judío deshonrosos trabajos de esclavo. El esclavo judío, jurídicamente igual al hijo mayor de la familia, tenía derecho al mismo trato que su dueño: buenos alimentos, buen vestido y buen lecho. A diferencia del esclavo pagano, podía adquirir bienes mediante hallazgo o regalo y pagar para abreviar su tiempo de servicio. Ni tampoco su dueño podía consagrarlo mediante interdicto; si estaba casado, su dueño estaba obligado a sostener a la mujer y los hijos. En una palabra: la situación jurídica del esclavo judío estaba regulada conforme a la prescripción de la ley: “debe estar en tu casa como jornalero”. Era como un obrero que alquilaba por seis años, a un determinado dueño, su capacidad de trabajo, y por un salario pagado de antemano bajo la forma del precio en que era comprado para un período de la misma duración.
Sólo en un punto el esclavo judío y varón estaba privado de sus derecho, allí donde la ley prescribe: “Si fue su dueño quien le dio al esclavo una mujer, de la que ha tenido hijos e hijas, entonces la mujer y los hijos pertenecen al dueño; el esclavo marchará sólo”. Como una judía adulta no podía ser esclava de un judío, se interpretó el pasaje en este sentido: el dueño tenía el derecho de dar como mujer una esclava pagana al esclavo judío, aun contra su voluntad; a la liberación del esclavo, ella y sus hijos quedaban en posesión del dueño.
Sin embargo, la dura realidad era frecuentemente más ruda que la legislación rabínica. Los esclavos judíos formaban el eslabón más bajo de la cadena social judía. En palabras de Varrón, “el esclavo era un especie de herramienta que podía hablar”. Aunque gozaban de fama de perezosos, disolutos y ladrones, la verdad es que el trato y las condiciones de trabajo en las que se desenvolvían tampoco eran el marco idóneo para pretender lo contrario. Quizá el sentir general de los judíos de alto rango hacia los esclavos puede resumirse en las frases de Jesús el siracida: “El forraje, el palo y la carga, para el asno; el pan, la corrección y el trabajo, para el siervo. Haz trabajar a tu siervo y tendrás descanso; dale mano suelta y buscará la libertad. Como el yugo ya las coyundas hacen doblar el cuello, así el siervo malévolo el azote y la tortura; hazle trabajar y no le dejes ocioso”. Y aunque la legislación que protegía a los esclavos cerró la puerta a las arbitrariedades por parte de sus dueños, la triste realidad era siempre la misma, ya se llamase con eufemismos como siervo o criado.
Los israelitas ilegítimos marcados con una mancha leve
En esta sección vamos a examinar tres grupos de población, entre los cuales sobresalen con mucho los prosélitos por su número. Los miembros de estos grupos tienen en común el que su unión con levitas e israelitas de origen puro era reconocida como legítima. Pero no podían emparentar con familias sacerdotales, privilegio exclusivo de los levitas y de los israelitas de pleno derecho. Su posición social se encontraba claramente rebajada; la exclusión de enlaces matrimoniales con familias sacerdotales no sólo era una privación social, sino también, en último término, religiosa. Además, estos grupos de población estaban privados de importantes derechos cívicos: no tenían sitio en ciertas asambleas y tribunales, y les estaba prohibido el acceso a las dignidades.
a) Descendientes ilegítimos de sacerdotes
Entre los israelitas marcados con una mancha leve se encontraban en primer término los “profanos” (halal, halalah), es decir, los hijos ilegítimos de sacerdotes. Se trata de hijos nacidos del matrimonio de un sacerdote con una mujer que no es de la misma condición de pureza o que él no puede desposar por otras razones.
Un hijo ilegítimo de sacerdote, lo mismo que sus descendientes, no podía ejercer el sacerdocio; además, no podía casarse con una hija de sacerdote. Si un hijo ilegítimo de sacerdote tenía un medio hermano de origen legítimo, no podía, en caso de que este último muriese sin dejar hijos, contraer matrimonio levirático con la viuda de su hermano, pues, dado su origen ilegal, no estaba en condiciones de conservar mediante un hijo el nombre de sacerdote legítimo. La hija ilegítima de un sacerdote no podía casarse con un sacerdote legítimo, ni siquiera en matrimonio levirático. Aún más, la viuda de un halal, incluso siendo ella de origen legítimo, no podía, según el derecho sacerdotal vigente, casarse con un sacerdote; por el matrimonio con un halal se había convertido ella misma en ilegítima, ya que su propio origen legítimo no cambiaba nada la cosa. Y estas prescripciones se llevaban a rajatabla, incluso por las facciones más liberales como los fariseos. Sin embargo, los escribas no aprobaban que tales prescripciones se llevasen a la práctica incluso en casos de simple sospecha, y no de total seguridad. Las familias llamadas ‘îssah eran familias sacerdotales en que algunos de sus miembros estaban bajo sospecha de su estricta pureza. Con estas familias existía una viva polémica en tiempos de Jesús: los escribas de tendencia hillelita estaban dispuestos a aceptarlas, mientras que los intransigentes sacerdotes los rechazaban sin miramientos, y a la mínima sospecha, no se casaban con las hijas de estas familias. Sin embargo el número de este grupo era muy escaso.
b) Prosélitos
Los prosélitos formaban también parte del grupo de israelitas señalados con una mancha leve; eran mucho más numerosos que los halalim. Se trata de prosélitos de pleno derecho, de “prosélitos de la justicia”, es decir, de paganos convertidos al judaísmo que se sometían a la circuncisión, al bautismo y a la ofrenda al sacrificio. Hay que distinguirlos claramente de los “temerosos de Dios”, quienes sólo aceptaban la profesión de fe monoteísta y la observancia de una parte de las leyes ceremoniales, sin convertirse plenamente al judaísmo. Legalmente eran considerados como paganos.
Tiempo atrás de la época de Jesús, cuando los macabeos, la conversión al judaísmo había sido impuesta por la fuerza. A medida que nos acercamos a tiempos de Jesús, una corriente en contra del judaísmo se fue extendiendo por toda la geografía del Imperio romano, y eran cada vez más infrecuentes las conversiones. Estas conversiones, no obstante, no eran tampoco escasas cuando vivió Jesús, y se formalizaban como tales en un bautismo ritual en la piscina de Siloé, en Jerusalén.
La mayoría de los prosélitos procedía de las regiones situadas en el mismo límite del territorio habitado por los judíos. Algunos eran de Idumea, otros de Batanea, Auranitis y Traconitis. Se discutía en los círculos judíos si era válida la admisión de gentes de Moab y Amón como prosélitas. Podían serlo gentes de Egipto y Edom. Muchos de ellos eran de Siria (de Antioquía, de Palmira…). También del reino de Adiabene, de la Media, y de muchos otros sitios.
En cuanto a su situación jurídica, un prosélito no gozaba de los mismos derechos que un israelita de pleno derecho. Por contra, sí estaba sometido a todo el peso de la ley.
Respecto a la situación del prosélito o pagano, era más bien determinante el principio siguiente: “el pagano no tiene padre”. En este principio jurídico se refleja el juicio extraordinariamente pesimista del judaísmo rabínico sobre el paganismo, sobre todo en su vida moral: toda pagana, incluso una esposa, es sospechosa de haber practicado la prostitución; se duda por principio de que el pagano pueda conocer a su verdadero padre.
Partiendo de este fundamento jurídico, la legislación relativa a los prosélitos afectaba en primer lugar al derecho matrimonial: las prosélitas no son aptas para casarse con sacerdotes, aunque sí podían casarse entre sí o con otros grupos de la población (levitas, israelitas de origen puro o con alguna mancha en su origen). También les afecta el derecho de sucesión: al prosélito se le permitía apropiarse, en la herencia de su padre pagano, de sólo aquellos objetos que, como el dinero y los productos cosechados, no estuvieran en relación con el culto a los ídolos; otra cuestión parecida era que los hijos y mujeres de los prosélitos no tenían derecho a la herencia del padre y marido ni aunque se hubieran convertido con éste. En cuanto a ocupar puestos oficiales, estaba prohibido al prosélito ser miembro del sanedrín y del tribunal de 23 miembros, ni tampoco en otros tribunales (como el que dictaminaba un rechazo de matrimonio por el descalzamiento o halîsah), aunque sí en casos de litigio sobre bienes. Los derechos religiosos y los privilegios de pueblo escogido no eran compartidos por los israelitas con los prosélitos. En cambio, sí tenían que cumplir con la obligada ayuda social que todo buen judío estaba obligado a cumplir con los necesitados.
Conviene recordar aquí que la realeza herodiana de la época de Jesús era toda idumea, y por tanto, prosélita. El rey Herodes y sus hijos posteriores, según la ley judía de Dt 17,15 (“Nombrarás rey tuyo a uno de tus hermanos, no podrás nombrar a un extranjero”), no podían ser monarcas legítimos. Esto provocó siempre la oposición del pueblo judío hacia estos gobernantes, y por ende, a los romanos que les habían obligado a soportarles.
c) Esclavos paganos emancipados o libertos
Los esclavos obtenían la libertad conforme a normas procedentes del derecho romano. Los libertos constituían el tercer grupo de la población que formaba parte de los israelitas marcados con una mancha leve. Se trata de paganos y paganas de nacimiento que, convertidos en esclavos al servicio de un judío, se había sometido, al pasar a propiedad del amo judío, a la circuncisión y al bautismo de conversión, siendo libertados más tarde.
La emancipación podía obtenerse por estas maneras: a) por libre decisión del propietario, b) por rescate mediante otras personas, c) por emancipación forzosa, o decisión del tribunal, cuando el dueño en presencia de testigos le provocaba una mutilación de alguna parte del cuerpo, o por pago del emancipado de la mitad de su valor, d) por la muerte del dueño, e) por un bautismo de conversión para hacerse libre. Sin embargo, las auténticas posibilidades de hacerse libre un esclavo eran escasas.
El liberto que había tomado el bautismo de conversión era desde ese momento jurídicamente igual a los demás prosélitos de pleno derecho. Sin embargo, la realidad práctica era otra, pues la antigua esclavitud pesaba mucho moralmente. Como ejemplo, se consideraba que toda esclava emancipada era como una prostituta porque no se dudaba de su posible comercio sexual como esclava.
El número de libertos no era alto, y en tiempos de Jesús, se discutía incluso si era propicio permitir la emancipación. En cuanto a los matrimonios, no era raro que las mujeres israelitas casaran con estos libertos, pues sólo eran considerados como israelitas con una mancha leve. Pero la realidad era que eran el último estrato social considerado judío, y por tanto muy despreciados.
Israelitas ilegítimos marcados con una mancha grave
A los israelitas marcados con una mancha leve no les estaba permitido el matrimonio con los pertenecientes a familias sacerdotales y dirigentes, pero a los que tenían una mancha grave, como vamos a pasar a ver, no les estaba permitido con ningún estrato social, ni siquiera con los anteriores. Eran considerados como la basura de la comunidad y despreciados de tal modo que su único modo de vida era aislarse en comunidades cerradas y no mezclarse con el resto del pueblo.
a) Bastardos
Son los mamzer (pl. mamzerîm). En términos generales eran todos aquellos nacidos de una unión prohibida en la Torá, principalmente del incesto y el adulterio. Pero algunos rabinos habían extendido la idea a otros casos, como el hijo de la unión con una halûsah (o viuda sin hijos cuyo cuñado no aceptó por matrimonio levirático), o con los parientes de ésta, o con la mujer divorciada que no tiene el papel de divorcio en regla. Sin embargo, estos últimos casos no eran unánimemente aceptados y se solía adoptar una opinión más limitada al incesto y adulterio.
El grupo de población que constituían estos mamzer, incluidos sus descendientes, era importante. Las gentes marcadas con la mancha grave eran bien conocidas, aunque, naturalmente, tratasen de ocultar su mancha.
En cuanto a su situación jurídica, no eran admitidos en la comunidad judía, ni tampoco sus descendientes hasta la décima generación, es decir, casi sin límites. Esto impedía a los mamzer el matrimonio, incluso levirático, con las familias de los sacerdotes, levitas, israelitas e hijos ilegítimos de sacerdotes; los bastardos podían unirse matrimonialmente sólo a familias de prosélitos, esclavos emancipados e israelitas gravemente manchados. Si la hija de un sacerdote, de un levita o de un israelita legítimo se unía a un bastardo, quedaba desde entonces incapacitada para el matrimonio con un sacerdote. Todo hijo de cualquier unión de este género era bastardo; igual sucedía con todo descendiente de bastardo.
Los bastardos no tenían acceso a las dignidades públicas; su participación en un tribunal invalidaba la decisión. Sólo se le permitía participar en los tribunales de tres para casos civiles.
Hay que pensar que la mancha del bastardo marcaba a todos los descendientes varones para siempre, e indeleblemente, se discutía si las familias de bastardos participarían en la liberación final de Israel. Así se comprenderá que la palabra “bastardo” constituyese una de las peores injurias, y que quien la empleaba era castigado con 39 azotes.
b) Esclavos del templo, hijos de padre desconocido, niños expósitos, eunucos
Los esclavos del templo, natînîm, formaban también parte del grupo de israelitas marcados con una mancha grave en su origen. Esto se debía a que según las escrituras estos servidores del templo eran gabaonitas en su origen, y por tanto, no judíos. Había prohibición de tener relaciones sexuales con ellos.
Los sin padre y los niños expósitos eran sospechosos de ser bastardos, tratados como tales, y recaían sobre ellos las mismas segregaciones que sobre los demás.
Los eunucos tampoco eran aceptados en la comunidades Israel. No podían formar parte de cargos ni podían establecer matrimonios fuera de su rango. Eran un grupo numeroso sobre todo en la corte del rey y su harén.
Los esclavos paganos
Este grupo social se encontraba en una situación intermedia especial: estaba en relaciones estrechísimas con la comunidad judía, pero, no obstante, no era contado en ella. Su posición respecto al derecho hebreo era mucho peor que la de los esclavos judíos.
Es falso que la esclavitud no estuviera en uso en tiempos de Jesús. Ciertamente, en la Palestina de aquel tiempo no estaba constatada la existencia de industrias que ocupasen a un gran número de esclavos; tampoco hay apenas latifundios cultivados por esclavos en una gran escala. Pero encontramos ciertamente esclavos domésticos de origen pagano en gran número en las casas de los notables de Jerusalén. Hay que recordar aquí en primer lugar la corte herodiana, después las casas de la nobleza sacerdotal, donde había igualmente numerosos esclavos.
Los esclavos de ambos sexos se compraban o bien nacían en la casa. Podría ser que los mercaderes de esclavos, que llevaban su “mercancía” al mercado de esclavos de Jerusalén, viniesen sobre todo de Fenicia. Muchos de estos esclavos procedían de Arabia, pues el número de prisioneros de guerra árabes capturados por los judíos en el curso de las guerras de Herodes fue elevado.
El precio de los esclavos variaba mucho según la edad, el sexo, las cualidades o defectos corporales y espirituales. Las circunstancias ejercían también su influencia: los períodos de guerra aumentaban la oferta y bajaban los precios; en tiempos de paz, subían. En el período romano, bajo Augusto, habían subido considerablemente los precios. Estos podían oscilar entre 500 dracmas (5 minas) a más de 100000 sestercios (más de 150 minas). En el siglo I antes de nuestra el precio medio era por tanto, de unas 20 minas, y en el I de nuestra era, de 30 minas. En Palestina, los precios sufrieron también grandes variaciones: durante las luchas macabeas el precio era irrisorio y luego sube mucho, hasta 100 minas, lo cual, en comparación con el precio corriente fuera de Palestina, representa un precio de esclavo relativamente más bajo. Se debe sin duda al hecho de que en Palestina los esclavos de lujo, hombres (eunucos, gentes instruidas) y mujeres (citaristas, hetairas), por los que se pagaban los mayores precios, no desempeñaban un gran papel. El precio de 20 minas ofrecerá una idea de su importante suma si la comparamos con el salario medio de un jornalero en aquella época, que era de un denario. El precio de 20 minas (2000 denarios), correspondía, por tanto, a 2000 veces el salario diario de un obrero. Un esclavo, hombre o mujer, representaba, por consiguiente, un valor muy considerable.
Una descripción de la situación social de los esclavos debe partir del hecho de que eran propiedad total de su dueño. El esclavo no podía poseer ningún bien; es su dueño quien percibe el fruto de su trabajo, y lo que encuentra, lo que se le da, lo que percibe en compensación de una herida o de una humillación sufrida, en una palabra: todo lo que es suyo, incluso sus hijos, pertenece a su dueño. Como cualquier otro objeto poseído, puede ser vendido, regalado, dado en garantía, declarado sagrado, y constituye una parte de la herencia. Esta situación, como dondequiera que reinara la esclavitud, traía consigo sobre todo el que los esclavos varones estuviesen privados de protección ante los malos tratos, castigos, servicios, y que las esclavas tuviesen que someterse a los caprichos sexuales de los dueños. Sin embargo, en Palestina la suerte de los esclavos era en conjunto mucho más humana que en otras partes del mundo antiguo.
Los esclavos paganos de ambos sexos que se convertían en propiedad de un judío estaban obligados a tomar un bautismo ritual para hacerse esclavos. Si el esclavo era mujer, este bautismo significaba la conversión al judaísmo; los esclavos varones debían realizar esta conversión sometiéndose además a la circuncisión.
El esclavo pagano era siervo, pero circunciso; eso explica la equívoca y especial situación en que se encontraba. Por la circuncisión era “hijo de la alianza”, pero como era liberto, no era miembro de la comunidad de Israel.
En cuanto a los deberes religiosos que le incumbían el esclavo debía obedecer solamente a los preceptos que no tenían relación con un momento determinado, ya que no era dueño de su tiempo. El esclavo, por tanto, estaba liberado de recitar la semá, de portar las filacterias, de peregrinar por las fiestas de Pascua, Pentecostés y los Tabernáculos, de habitar en las tiendas y agitar los lûlab y de sonar el cuerno en la fiesta de Año Nuevo. Por el contrario, estaba obligado a rezar en la mesa después de la comida y a la recitación diaria de la “dieciocho bendiciones”, así como de colocar en la puerta las mezuza.
Los derechos religiosos y cívicos que el esclavo obtenía con su conversión al judaísmo estaban limitados. Las ventajas de las leyes religiosas judías no afectaban al esclavo más que en la medida en que los derechos de su dueño no eran perjudicados. En primer lugar, tenía derecho al descanso sabático lo mismo que todo israelita; tenía derecho a participar en la fiesta de la Pascua, incluido el banquete pascual. Finalmente, su dueño no tenía derecho a venderlo a un pagano. A esto se reducían poco más o menos los derechos que un esclavo obtenía con su conversión. En lo demás no tenía derechos. En primer lugar, desde el punto de vista religioso no podía, por ejemplo, ni imponer en el templo las manos sobre la cabeza de la víctima ni sacudir sus porciones; en la sinagoga no podía ser contado para completar la cifra de diez presentes, ni podía hacer la lectura, ni hacer la bendición en la comida. No tenía derecho a declarar como testigo. Finalmente, estaba privado de todo derecho desde el punto de vista matrimonial. Un esclavo, varón o mujer, estaba incapacitado para contraer matrimonio válido con cualquier clase de israelita, incluso con quien estuviese marcado con una mancha gravísima; el niño nacido de la unión de un israelita con una esclava era (como la madre), esclavo y pertenecía al dueño de la esclava. En lo concerniente al derecho matrimonial, por consiguiente, los esclavos de ambos sexos, a pesar de su conversión al judaísmo, eran considerados aún como paganos.
Sencillamente, los esclavos paganos no eran judíos y no tenían ningún derecho esencial judío, aunque debían comportarse como si lo fueran.
Es preciso tener ante los ojos esta situación social, que hacía de la palabra “esclavo” una de las peores injurias castigadas con el anatema, para comprender la indignación que provocó Jesús en algunos de sus oyentes al llamarles “esclavos de la tradición”.
Referencias:
“Jerusalén en tiempos de Jesús”, Joaquín Jeremías, Ediciones Cristiandad.
“Historia del pueblo judío en tiempos de Jesús”, Emil Schürer, Ediciones Cristiandad.
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© Jose Antonio Hernández Catalán, 2005-2009. Este trabajo está sujeto a la licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 2.5 Spain License
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